Depuración administrativa el nuevo nombre para quitar derechos laborales
Desde SintraONGS denunciamos ante la opinión pública y la clase trabajadora que el Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella, a través de la Ministra del Trabajo, firmó la Resolución 2708 de 2026, dejando sin efecto 11 circulares clave que brindaban herramientas directas para proteger y materializar los derechos laborales en Colombia.
Bajo el pretexto de una simple «depuración de normas», el Ejecutivo desmanteló los siguientes lineamientos de inspección y cumplimiento:
- Circular Externa 0101 (22 sep 2025): Aplicación de la Ley 2466 de 2025 en jornada máxima, trabajo doméstico, pago a destajo y registro de horas extras.
- Circular Interna 0120 (2025): Trámite de autorizaciones para despidos de personal con estabilidad laboral reforzada.
- Circular 0031 (17 mar 2026): Cuidado, equidad de género y corresponsabilidad social en las empresas.
- Circular Externa 0032 (25 mar 2026): Garantías para la libertad sindical, permisos directivos y convenciones colectivas.
- Circular 0040 (16 abr 2026): Regulación de jornadas y trabajo suplementario en el sector de vigilancia privada.
- Circular 0048 (22 may 2026): Garantía del debido proceso disciplinario y causales de terminación de contrato.
- Circular Interna 0049 (22 may 2026): Procedimiento de autorización para finalizar vínculos de personas con discapacidad.
- Circular 0057 (06 jul 2026): Orientaciones operativas sobre la Reforma Laboral y contratación.
- Circular 0086 (29 jul 2026): Inspección y control al trabajo en plataformas digitales de reparto.
- Circular 0088 (29 jul 2026): Reglas para la integración de pliegos únicos y comisiones negociadoras.
- Circular 0089 (29 jul 2026): Inspección laboral enfocada en el trabajo doméstico remunerado.
Detrás de cada uno de estos documentos hay décadas de organización, movilización y lucha del movimiento sindical. No eran meros trámites de oficina: constituían el manual de acción para que los inspectores de trabajo actuaran contra los abusos y los empleadores acataran la norma.
Lo contradictorio es que la misma Resolución 2708 admite que estas materias requieren regulación e instruye al Ministerio a evaluar cómo reemplazarlas. Nos preguntamos: ¿qué sentido tiene destruir las herramientas operativas vigentes para luego ponerse a improvisar su reemplazo?
Una cosa es corregir vacíos normativos puntuales y otra muy distinta utilizar la técnica jurídica para iniciar un detrimento progresivo de garantías colectivas. La estabilidad reforzada, la equidad de género, la protección al trabajo en plataformas y la libertad de asociación no son cargas ni estorbos burocráticos: son derechos conquistados.
Desde SintraONGS nos declaramos en alerta permanente y ejerceremos un riguroso control político y social. No aceptaremos que nos vendan como «eficiencia administrativa» el desmantelamiento de nuestras conquistas.
